DERECHOS HUMANOS, HOMBRE Y ESTADO[1].

 

Conceptos clave: derechos humanos, hombre.

 

El capítulo que más caracteriza al siglo XIX es la búsqueda del modo de hacer llegar los derechos humanos a todo el colectivo de la población mundial. El objetivo era demasiado complicado, y no se llegaría siquiera a dejar claro qué eran los derechos humanos, ni en ese siglo ni en el siguiente.

El mayor avance del siglo XVIII había sido declarar los derechos humanos como inalienables y universales, lo cual sucedió en Francia en 1789 y 1793. Con ello empezó la época contemporánea de los derechos humanos en la historia. Puede haber antecedentes, pero nunca se definieron antes los derechos humanos con las características siguientes:

Los derechos humanos no se conceden, sino que se reconocen. Los derechos humanos son propios de todas las personas por el mero hecho de existir, y son anteriores a las leyes e inalienables por ellas. Son universales, indivisibles, interdependientes entre ellos. El Estado no tiene derecho a hacer excepciones casuísticas en ningún caso. Y el empresario no tiene capacidad de actuar en contra de esos derechos. Tampoco las religiones, ni cualquiera otra institución, tienen derechos de actuación en contra de los derechos humanos.

Los derechos humanos son irrenunciables para la persona, de modo que no se acepta que nadie renuncie a ellos, ni que alguien presente la prueba de una renuncia hecha por un tercero.

A esas características, deberían agregarse actualmente, en nuestra opinión, otras nuevas como las siguientes:

Los derechos humanos no deben ser bandera de ningún partido político en exclusiva, porque deben estar por encima del partidismo, y no son patrimonio ni de las derechas ni de las izquierdas. Lo contrario nos llevaría a que los partidos jueguen con esos derechos de forma electoralista. Como hoy está de moda el tema de los derechos humanos, los partidos tienden a presentarse como grandes defensores de los derechos, y acusar a sus oponentes de contrarios a los derechos humanos. Pero los derechos humanos no son declaraciones, sino actitudes y hechos concretos. Los derechos humanos deben ser bandera de todas las agrupaciones humanas sin excepción. De otro modo, estamos fomentando el uso de los derechos como bandera para la violencia institucional, lo cual es contrario a los derechos humanos.

Las declaraciones de derechos humanos no son eternas, pero su redacción y modificaciones le corresponde al conjunto de la humanidad y no al gobernante de turno. Son mutables porque cada día aparecen nuevas realidades que necesitan adecuarse a un campo de derechos, y desaparecen otras circunstancias regidas por otros derechos que quedan en desuso. Los grandes principios pueden ser siempre los mismos, pero su redacción no es inamovible, y su aplicación debe adecuarse a la realidad social, económica y tecnológica del momento. El trabajo de definir los derechos es una labor diaria, que no se acabará nunca. De ahí, surge un cierto confusionismo aprovechado por los dictadores, los cuales reclaman para ellos la redacción nueva de la tabla de derechos que regirá en su país.

 

 

Dificultades en la aplicación de los derechos:

 

La justicia sólo es exigible dentro de un Estado, es decir de una organización administrativa y jurídica determinada. Sólo el Estado puede exigirlos, y sólo en su propio territorio. Por ello es precisa la presión social de una sociedad altamente moral, para crear un ambiente favorable al cumplimiento de los derechos humanos. La sociedad debe, en primer lugar practicar los derechos humanos, y en segundo término presionar sobre los gobernantes para que los respeten, y los hagan respetar. Los organismos internacionales encargados de redactar y vigilar los derechos humanos, tienen muy poca fuerza en algunos Estados, sobre todo en los menos democráticos, es decir, en los que no se respetan los derechos humanos. No democrático y no respeto a los derechos humanos es una tautología.

Otro problema es la libre interpretación que se hace de los derechos humanos. Cada tendencia política ha dado en “hacer nuevos derechos humanos” de sus dogmas, aprovechando formulaciones confusas y polivalentes de los derechos humanos. Y ello genera falsos derechos que no son sino cebos políticos de proselitismo.

Por ejemplo, África, tras el problema del colonialismo, declaró un derecho humano en 1960 la libre determinación de los territorios, lo cual es un tema no generalizable, apto para una circunstancia muy concreta, y querido y buscado por las revoluciones comunistas de mediados del siglo XX. Se basaba en la misma afirmación hecha por los Estados Unidos en el momento de su propia independencia. Pero es una irracionalidad no sostenible ni siquiera para los Estados que lo proclamaron: ¿Qué colectivos tienen derecho a la libre determinación y cuáles no? ¿Por qué otros pueblos interiores a los nuevos Estados, ya no tuvieron derecho a la independencia? ¿Qué gana el ser humano en cada caso concreto concreto por pasar de un modelo de Estado a otro? ¿Por qué los ciudadanos deben ir a la guerra y perder la vida a favor de determinados proyectos políticos? ¿se trataba más bien de derecho de los Estados, y no de derecho de los individuos? ¿se estaba jugando con los derechos humanos a fin de que unos políticos se beneficiaran de ello? De hecho, la mayor parte de los Estados generados resultaron fallidos, resultaron un campo pródigo en dictadores enemigos de los derechos humanos.

En otro ejemplo, distintas religiones hacen interpretaciones de los derechos coincidentes con sus dogmas religiosos, a veces irracionales y contrarios a lo que la mayoría entiende por derechos humanos. En casos extremos, se llega a justificar el asesinato y el suicidio por la causa religiosa, acciones ambas contrarias a los derechos humanos.

Otro ejemplo es la aplicación del llamado “derecho natural”, el cual se conforma por tradiciones, costumbres y sentimientos que una generación ha imbuido en las siguientes generaciones. Los iusnaturalistas dicen que el derecho natural contiene todos los derechos humanos de todos los tiempos, pero nosotros afirmamos que contiene también grandes y viejos errores de la humanidad. En primer lugar, hemos de decir que el derecho natural no es aplicable jurídicamente y no sirve por tanto para defender adecuadamente a las personas, las cuales se defienden mediante el derecho positivo. Tal vez debiéramos pensar en el Derecho Internacional como modo de defender los derechos humanos, con tribunales internacionales reconocidos por los Estados y con sentencias aplicables en ellos. Pero es cierto que en casos de ausencia de legislación a veces se aplicó con efectividad y moralidad el derecho natural.

El derecho natural contiene errores, que la humanidad ha ido tratando de muy diversas maneras en el trascurso del tiempo: muchos pueblos se consideraron llamados a dominar y poseer el mundo (conquistas y colonialismo), y lo consideraron su derecho, lo cual es una llamada a la violencia, tanto en el terreno de lo militar como de lo religioso. Muchas religiones enseñan que los derechos humanos son los que ellas dicen. Al contrario, creemos que las religiones deben estar sometidas a respetar los derechos humanos, y si en una acción o momento determinado no lo hacen, se les deben reclamar.

Pero no podemos desdeñar el valor del derecho natural: las cosas que han dado buenos resultados a lo largo de la historia, nos pueden inspirar soluciones para crear nuevas leyes, y para delimitar, e incluso negar, “derechos declarados” en el tiempo presente. En todo caso, el derecho natural puede sernos muy útil, pero no es suficiente.

Un nuevo problema es que la aplicación de los derechos cuesta dinero, y no se pueden dar más derechos que los que se pueden pagar, pues de otro modo caeríamos en el absurdo de arruinar al Estado y privar a los ciudadanos de todos los derechos de los que ya disfrutan, pues no se podría pagar ninguno. Y la solución de encomendar los derechos a instituciones privadas, no es fiable sin un control muy fuerte sobre ellas. En este sentido, los ricos disfrutan de más derechos que los pobres, y los ciudadanos de los países ricos disfrutan de muchos más derechos que los de los países pobres. Esa es la razón principal que hace atractiva la emigración masiva hacia los países ricos[2]. Las grandes migraciones significan más gastos para los países receptores, y ello puede significar el descontento de los residentes para con los inmigrantes. A mediados del XX se dijo que el mejor servicio que se podía hacer a los Derechos Humanos era el desarrollo económico de los pueblos.

Un problema más complicado en el devenir diario es que los derechos se contradicen los unos con los otros en cada persona, y chocan con los derechos de los demás. Hay que renunciar a algunos o a parte de ellos, en favor de los otros. Es imposible determinar quién está en condiciones de decir qué es prioritario y hasta dónde deben ser recortados algunos derechos. Estamos ante un problema de ambiente de moralidad social, de buen sentido común, de espíritu abierto a los demás. Incluso personas de buena voluntad, pero mal informadas, pueden cometer grandes errores en el tema de derechos humanos, si no conocen las consecuencias de la aplicación de algunas cosas que piden. La ignorancia puede hacer mucho daño. Y no hablo aquí de ignorantes de clases bajas, los cuales tienen poco poder, sino de ignorantes universitarios, empresarios y políticos, con gran capacidad de decisión. Erudición y elocuencia no es lo mismo que saber.

Otro problema complicado es la aplicación de la tabla de derechos, que debe ser administrada por el Estado, en el caso de comunidades que no aceptan su pertenencia a la comunidad general ni al Estado. Es el caso de las minorías que no aceptan la moralidad ni la legalidad general, y aplican sus propias leyes y su propia justicia, y rechazan la legalidad del Estado y las normas comúnmente aceptadas en esa sociedad en la que viven. Se benefician de la sociedad, pero actúan al margen de ella. El esfuerzo de integración que hace la sociedad mayoritaria debe tener contraprestaciones en esfuerzos de las minorías por integrarse en el respeto a los derechos humanos. En caso de actuar incorrectamente en el trabajo de protección de esas minorías, se puede estar financiando la comisión de delitos. La cooperación de ONGs y mafias no es infrecuente.

 

 

Las declaraciones de derechos humanos.

 

La declaración definitiva de derechos humanos no existe, ni puede existir. Sucesivas declaraciones de derechos se han hecho y serán hechas en el futuro, en función del sentido de solidaridad de los pueblos para constituir sociedades mejor organizadas, en función de los sentimientos invocados por cada generación, y de la capacidad de cada Estado para sufragar los derechos que proclama, en función de grado de desarrollo tecnológico de una sociedad. Cada sociedad tendrá que encontrar sus derechos. Ello no obsta para que los grandes principios permanezcan.

Un Estado no será más democrático por hacer declaraciones muy hermosas, lo cual está al alcance de cualquiera, sino por hacer efectivamente posible que esos derechos sean aplicables a más ciudadanos, lo cual implica trabajo parlamentario abundante y gastos sociales cuantiosos. Pero el gasto tampoco es equivalente a aplicaciones de derechos, pues muchos gastos de este tipo sólo sirven para justificar salarios de intermediarios que se necesitan para aplicar los derechos humanos[3].

El progreso en los derechos humanos es un camino abierto al infinito, en el que todos estamos caminando, pero algunos lo hacen en diferentes direcciones y sentidos. En el trazado de ese camino, que se hace al andar, han participado muchas personalidades, y el estudio de sus ideas y de sus vidas nos hace mejores personas. Cada día la realidad humana cambia, progresa o retrocede, y cada día se deben adaptar los derechos humanos a las nuevas realidades emergentes. Soy consciente de que, con este pensamiento, entro en el campo de la irracionalidad, pero creo que la irracionalidad es un campo que también juega, y mucho, en la realidad humana.

Las grandes declaraciones de derechos sirven como guía para mostrar el camino a andar por los individuos, las sociedades y los Estados, pero esas declaraciones deben ser traducidas a declaraciones concretas, a leyes, a principios jurídicos. Las grandes declaraciones se deben limitar a enumerar principios y valores generales a desarrollar, líneas generales a defender por los hombres de bien. Luego, los Estados deben hacer concreciones detalladas de esos derechos para sus ciudadanos.

Sobre el origen de las declaraciones de derechos, hemos de apuntar que las declaraciones no tuvieron sentido hasta que todos los hombres y mujeres fueron considerados iguales y sujetos de derechos. Todo lo anterior son declaraciones loables, pero que afectaban a castas, a estamentos, a clases sociales determinadas, y tenían un valor relativo. Naturalmente, ante el éxito actual del tema, hay muchas instituciones que se quieren apuntar el tanto a su favor de haber inventado los derechos humanos. Declaraciones muy loables como la judaica, cristiana y musulmana, tuvieron el defecto de no contar con los considerados “infieles” y de hacer incluso campañas de exterminio de ellos. No nos sirven como “declaraciones universales”.

 

 

El concepto de hombre.

 

Si vamos a hablar de derechos humanos, debemos ponernos de acuerdo en qué es un hombre, sujeto al que vamos a aplicar esos derechos. Porque cada una de las facetas del ser humano requerirá de un planteamiento de derechos. Los derechos afectan a la totalidad de la realidad humana.

Hombre es todo individuo humano, de cualquier género, raza o condición económica y social. Por ello, cuando hablemos de derechos del hombre, hablamos de derechos de todo el género humano, y de cada individuo del género humano.

El hombre es una realidad compleja, que se desarrolla en una doble dimensión, la individual y la social, ambas interrelacionadas e interactuando la una sobre la otra. Ambas dimensiones y la interrelación entre ellas, son “dialécticas” de modo que cambian en el tiempo en cada individuo, de modo que cada persona es diferente a las demás e incluso es diferente a sí misma en tiempo diferente. Las personas evolucionan.

A su vez, las dimensiones de la realidad humana son complejas y es preciso que paremos un poco a reflexionar sobre ellas:

En su dimensión individual, el hombre tiene un soporte físico, dependiente de unas reglas biológicas y químicas, y un soporte supra-físico que regula las funciones vitales por un lado, y las funciones intelectuales por otro.

La naturaleza y el devenir proporcionan a cada hombre unas condiciones diferentes en su desarrollo en cada momento (genética, alimento, temperatura, enfermedades, crecimiento, medio físico y medio natural…) y las reglas biológicas y químicas actúan creando diferencias. Por todo ello, dentro de un patrón común, los hombres nacen todos desiguales, y esta desigualdad inicial no es más que el principio de una desigualdad creciente a lo largo de la vida, por una evolución distinta de cada individuo, desigualdad que es la esencia de nuestro yo. Las funciones suprafísicas creadas a partir del soporte físico, se desarrollan de diferente manera en cada individuo. Está poco estudiado el llamado “cerebro” vital que radica en nuestras entrañas y que es inconsciente, pero en el que es seguro que podemos influir desde el consciente. Nos solemos fijar más en la parte llamada consciencia. Una vez más, esta parte es compleja y consta de un componente racional, del que solemos ser conscientes, y un componente irracional, del que podemos conocer poco o mucho, y podemos educar nuestro comportamiento al respecto. En ambos casos, hay factores conscientes y factores no conscientes, factores racionales y factores irracionales, que hacen muy complejo al ser humano. El hombre se mueve entre estas cuatro variables constantemente.

Tanto la parte consciente del hombre, como la inconsciente, son capaces de tomar notas acerca del medio que le rodea al individuo, exactamente de la parte que él percibe, que no es toda la realidad sino una parte pequeña de ella. El hombre se traza para sí mismo una imagen más o menos ajustada de esa realidad. Y el hombre crea su verdad, la adecuación de su idea a la realidad que él ha percibido. La parte racional del hombre genera “relatos sobre la realidad” a partir de imágenes subjetivas, pero estos relatos son construidos tanto a partir del consciente como del no consciente y, por ello, pueden resultarle extraños incluso a su propio creador. Estos relatos tratan de poner orden en las impresiones, de modo que sea posible relativizar la importancia de cada cosa de cara a la supervivencia y a la mejora en las condiciones de vida. El hombre busca semejanzas y diferencias entre las percepciones, semejanzas con vivencias anteriores, diferencias con modelos de la realidad que ha elaborado antes… y tiene la capacidad de guardar estas consideraciones en la memoria. La inteligencia es individual, estrictamente individual, y debe ser construida en cada individuo por separado.

Hoy creemos que la parte no consciente del hombre es de mayor amplitud que la consciente.

La memoria es un campo de construcción de realidades alternativas, pues no reproduce exactamente lo que se introdujo en ella, sino que el inconsciente y a veces el consciente, manipula los recuerdos, borra algunos, magnifica otros, y es capaz de crear realidades alternativas que nunca se produjeron.

Y a este complicado mundo de nuestras percepciones sobre la realidad, sentimientos y “relatos personales” elaborados a partir de ello, sensaciones, recuerdos, empatías, conscientes e inconscientes, lo denominamos “espíritu”. Cada espíritu humano es por lo tanto completamente diferente.

El irracional está presente en todas las actividades del hombre de forma involuntaria para el individuo, y trata de influir sobre el racional y sobre la conducta de cada persona. El hombre tiene la capacidad de trabajar por que el racional esté presente siempre en cada una de sus actividades, pero esto requiere un esfuerzo de formación y educación.

El hombre tiene capacidad de decidir sobre si debe perseguir su racionalidad para interpretar sus vivencias y sensaciones, lo cual resulta a veces doloroso, o si se abandona por completo al irracional. A menudo es más fácil dejarse arrastrar por lo irracional.

Tanto la racionalidad como la irracionalidad se pueden generar en el propio individuo o provenir de fuera de él. Lo más fácil es dejarse arrastrar por lo que dicen los demás, por el sentimiento de la masa, y actuar en consecuencia. En este último caso, se juega una lotería en la que se actuará racionalmente si la masa actúa racionalmente, e irracionalmente si la masa lo hace así. Ambas posturas, la de la racionalidad y la de la irracionalidad tienen consecuencias sobre la vida individual y la social futura.

 

 

La dimensión social del hombre.

 

En su dimensión social, el hombre es mucho más que un ser pensante y sintiente. El Yo social es mucho más intenso que el Yo individual, racional e irracional. Pero el Yo social es por lo general menos consciente en cada individuo que el Yo individual. Hay que hacer un esfuerzo para captar lo mucho de nuestra personalidad que se debe a la sociedad, y hay personas que no llegan a comprenderlo nunca en su vida. A medida que el ser humano madura, es más consciente de la magnitud de la parte social. El hombre vulgar llega a creer que el idioma nace en el niño de forma innata.

El hombre nace por decisión de otros hombres (voluntaria o involuntaria), sobrevive gracias a la ayuda recibida de otros, y aprende a ser hombre por convivencia con ellos. Suele ser más o menos consciente de la influencia de sus progenitores, y del resto de su familia, y mucho menos consciente de la influencia de personas cercanas, amigos, vecinos y encuentros fortuitos, que muchas veces influyen en él más que su familia. Suele ser completamente inconsciente de las influencias que ejercen sobre él las instituciones sociales y de Gobierno, pero éstas también se producen.

La influencia de cada elemento exterior es distinta en cada individuo, y depende tanto de la acción ejercida desde el exterior como de la receptividad frente a esa influencia. Y de ello resultan nuevas diferencias entre los distintos individuos. Las diferencias se van agrandando a lo largo de la vida, y todos percibimos que cada uno de nosotros es diferente.

La sociedad pide algo al individuo, y el individuo recibe algo de la sociedad. Es una relación en constante tensión dialéctica, que constituye lo esencial de la vida. Se intercambian cosas gratuitas como el cariño y la caridad, y cosas retribuidas, como el trabajo a cambio de un esfuerzo por hacer un servicio al prójimo. Lo que el individuo recibe no tiene una relación fija con lo que aporta a la sociedad, pues cada uno, individuo y sociedad, valoran en cada momento de forma diferente lo aportado y lo recibido. Incluso se puede dar mucho a cambio de nada, o viceversa. Es lo que denominamos la “suerte de la vida”. La suerte es una trayectoria distinta para cada hombre, en la que se juega con millones de factores en constante evolución.

El individuo debe integrarse en la sociedad en un punto concreto que deciden él mismo y la sociedad, pues no basta la decisión de una sola de las partes. El ideal es que el individuo sea capaz de ofrecer a la sociedad los bienes y servicios que la sociedad demanda en ese momento, y que la sociedad acepte con agrado esa oferta. Pero la relación entre individuo y sociedad es cambiante en cada momento, puede mantener una regularidad, o puede destruirse en un instante determinado. El hombre está así en “lucha” con la sociedad, que le acepta o le rechaza, le valora o deja de hacerlo, unas aportaciones que el individuo quiere hacer. Los servicios que ofrece la sociedad son limitados, mientras las demandas y esperanzas del individuo, sobre lo que le debe la sociedad, son ilimitadas.

 

 

Individuo frente a sociedad.

 

A partir de estas consideraciones, los planteamientos del liberalismo del siglo XIX se nos aparecen como insuficientes. La sociedad tiende a aplicar la ley del más fuerte, pero el individuo tiene un sistema de valores, y los distintos colectivos tienen distintos sistemas de valores. El individuo tiene “conciencia moral” de acuerdo con el sistema de valores en que ha sido educado, pero los colectivos (empresa, asociaciones, Estado) no tienen conciencia moral, y a menudo carecen de valores morales y utilizan en cada momento los de la persona que dirige el colectivo o es su líder. Los valores de los grupos sociales sólo existen por pactos conscientes entre sus integrantes, cuando ello es posible, y cuando la sociedad posee esos valores.

El planteamiento de los teóricos del liberalismo del XIX se hizo sobre la sociedad en general, como si sólo hubiera un modelo de hombre y de realidad. Y creyeron en una moralidad natural universal y eterna, que nunca existe.

Los colectivos son susceptibles de ser sometidos a unas reglas morales, impuestas por sus dirigentes. Colectivos aparentemente iguales pueden resultar completamente diferentes según los valores morales a que se hayan comprometido los integrantes de esos colectivos. Y como el colectivo no tiene valores morales per se, puede evolucionar en cada momento a realidades distintas e incluso contradictorias con lo que entendemos por valores.

Todo ello nos lleva a la necesidad de un sistema explícito de valores para el individuo. Unos principios que sean válidos para todas las sociedades durante mucho tiempo, y unos derechos concretos que se adapten a las necesidades de cada ciudadano en cada país y cada momento. Denominaremos “principios” a los sistemas de valores humanos explícitos que sirven para que el colectivo asuma unas normas de estilo. Llamaremos valores a la aplicación de los principios a situaciones concretas que sirven para hacer leyes. Y más tarde llegará la casuística aplicada por cada juez, el cual debería tener libertad para interpretar la ley a favor de los derechos humanos, y sólo en este caso.

En ambos casos, los principios y derechos deberían tener en cuenta lo que la sociedad demanda del individuo, los deberes del ciudadano, sin los cuales las declaraciones de derechos no tienen sentido. Una parte no tiene sentido sin la otra, pues estamos hablando de la realidad del necesario intercambio entre individuo y sociedad. Las Constituciones suelen pasar muy por encima sobre el tema deberes.

Una vez establecidos los derechos y deberes del ciudadano, que precisamente es ciudadano en tanto goza de estos derechos y deberes, falta un sistema de recta aplicación de los mismos, el cual es organizado por el Estado y se llama la institución judicial.

La sociedad dedujo muy pronto la necesidad de jueces sociales que dirimieran conflictos. Fue la labor del paterfamilias en la Edad Antigua, y luego la de unos jueces profesionales, ante los cuales los individuos ceden sus derechos y prometen acatar sus sentencias.

Pero de nuevo surge el problema: los que dominan el sistema judicial, imponen su ley, que ya no siempre es igual para todos, ni tiene por qué atenerse a derecho humano alguno. Puede ser que el sistema judicial sea controlado por el Estado o que sea manejado por los propios jueces en su beneficio particular. Contra esas situaciones, surge la posibilidad del derecho de agresión, y el de rebelión, temas muy polémicos.

Para que los derechos sean reclamables, deben estar especificados por escrito, de forma concreta y explícita, y no de forma general interpretable por cada gobernante y por cada jefe de empresa o dirigente de un colectivo. Y deben existir unas instituciones estatales en las que reclamar. Lo demás es demagogia, pues la expresión “derechos humanos” en general no tiene contenido alguno, y la expresión “ciudadanos” tampoco tiene contenido, pues sólo toma contenido cuando se baja a cada individuo concreto. Lo que existe en la realidad es la necesidad de aplicar justicia ante una conculcación concreta, de un derecho concreto, a un ciudadano concreto, o a un conjunto de ciudadanos concreto. Las grandes declaraciones muy generales suelen encubrir un nulo respeto a los derechos humanos y entran en lo que llamamos “populismo”. Las grandes declaraciones de Principios sobre los que deben fundamentarse los derechos humanos, se parecen demasiado a las grandes declaraciones hechas para beneficiarse de ellas una persona o institución concreta. El lenguaje es equívoco. A veces, es difícil comprender el discurso.

 

 

El poder y los derechos humanos.

 

La primera autoridad en una organización humana más compleja que la tribu, fue quizás el “sacerdos” o encargado del “sacer”, del lugar prohibido, del lugar donde se guardaban las cosechas, se fabricaban las armas y se hacía contabilidad de todo ello, incluida una escuela para enseñar a los jóvenes a hacer las armas. El Sumo Sacerdote era fundamental en las grandes civilizaciones antiguas como Egipto y Mesopotamia. El sacerdos, señor del sacer, se apoyaba en el “hegemon”, señor del uso de la fuerza, que nosotros traducimos incorrectamente por “general”, aludiendo a nuestros jefes militares. Las relaciones entre el sacerdos y el hegemon fueron diversas y en el fondo se discutía qué opinión prevalecía entre ellos o si ninguno de los dos debía someterse al otro.

En estos sistemas antiguos, el individuo carecía por completo de derechos, y estaba sometido en todo a estas grandes autoridades sociales. Los valores aplicados eran los del líder del momento. En el siglo VI a.C. hubo un gran movimiento social que reivindicaba que la moralidad estaba por encima del poder, y fue un siglo de grandes profetas y moralistas.

Se distinguió entre el “kratos” y la “arjía”, entre el poder fundamentado en la razón y la justicia, y el poder fundamentado en la fuerza militar. Pero entre los que defendían el kratos, unos opinaban que radicaba en la familia reinante, en la asamblea de los poderosos, o en la asamblea de todos los propietarios. Y sus enemigos decían que se trataba siempre de imposiciones, lideradas por la mon-arquía o la olig-arquía, mientras sólo la asamblea de los grandes propietarios era justa, es decir, la demo-cracia.

La discusión fue larga, duró siglos. Muchas veces, la democracia se convertía en una “dem-arjía”, palabra que no existe, pero con la que quiero decir que también la asamblea puede gobernar mediante el uso de la fuerza bruta, y en contra de valores humanos. Y que la simple existencia de la asamblea no garantiza los derechos humanos.

Los romanos optaron por sistemas unipersonales de poder, monárquicos, republicanos o imperatoriales, según la época, controlados por una asamblea de ciudadanos ilustres, el Senado.

Los sucesores del Imperio Romano, unas veces jefes tribales, y otras veces señores territoriales, se proclamaron reyes, insistiendo en que tenían la arjía, pero reclamaban el kratos que supuestamente había existido durante el Imperio Romano. Y los desórdenes de todo tipo que se producían, condujeron al reforzamiento de la arjía, del autoritarismo real.

Los condes, duques y reyes medievales basaron su poder en la fuerza de las armas. El orden público se identificaba con su voluntad personal. Su única limitación, en el ámbito europeo, eran algunos eclesiásticos que, mediante un espíritu de independencia, tenían otras formas de pensamiento y reclamaban moralidad al poder. Otros muchos eclesiásticos eran sumisos al Rey e incluso el Rey se preocupaba por nombrar a sus familiares para los cargos eclesiásticos. Los derechos dependían de la casuística, del talante del gobernante, del humor que tuviese cada día, de la presión que ejercieran sobre él nobles y obispos “no sumisos”.

A partir del siglo XIII hubo un esfuerzo por recuperar el cratos, el poder basado en el prestigio de la ley y la justicia, y surgieron varios códigos legales, lo cual suponía situar el concepto de “ley” a la altura del concepto de “rey”.

El siglo XV europeo fue un grito de libertad, de hartazgo social de los caprichos señoriales, y de sustitución de los sistemas señoriales por Estados nacionales dotados de sistemas legales escritos e instituciones profesionales del Estado.

El primero que intentó hablar de derechos en la época moderna fue Locke en 1690. Su intención era criticar el absolutismo político, y afirmó que existían derechos individuales anteriores y por encima de cualquier “contrato social”, que era como Locke llamaba a la relación entre el hombre y la sociedad. Se atrevió a decir que los derechos del hombre eran la libertad, la igualdad y la propiedad. Podría haber citado otros muchos derechos, e incluso podría haber eliminado alguno, pero el sentido de su escrito era criticar la corrupción a que había llegado el absolutismo, y estos derechos tenían sentido con su tesis de base. Afirmaba aquellos derechos que podían acabar con el absolutismo y generar una sociedad política nueva. Reconocía Locke que, anteriormente, había existido el derecho de petición, pero éste le parecía insuficiente para regenerar el sistema político y restablecer un equilibrio social que garantizara la convivencia.

Los ilustrados del XVIII creían que el derecho por el que más lucha el hombre que ha conseguido algo en su vida es la seguridad, seguridad en la permanencia en unas condiciones de vida, por las que ha trabajado y luchado. Y afirmaban que esa seguridad se conseguía mediante el derecho a la propiedad.

Al planteamiento del siglo XVIII lo llamaron liberalismo. Un método legal para librarse del sistema absolutista les parecía imposible, pues los poderosos controlaban el poder político y la propiedad económica, y se habían dotado de todo tipo de privilegios, privatae leges, que impedían el cambio. La revolución popular no daba otros resultados, a largo plazo, que la muerte de los revolucionarios. Por eso, pidieron a los poderosos que generosamente cedieran en sus privilegios políticos, que los regalaran a la sociedad entera, que fueran “liberales”. Y la extensión de derechos a una parte cada vez mayor de la sociedad se llamó “liberalismo”. La renuncia se debía hacer a cambio de nada, simplemente por la conciencia de servir a una sociedad mejor, más justa. Los hombres que así actuaban se calificaban de “justos y benéficos”. El objetivo era dar a cada uno los derechos que le correspondían como hombres, olvidando el injusto reparto de derechos que había resultado de la historia.

Los primeros planteamientos prácticos sobre que todos los hombres eran sujetos de derechos, se produjeron más allá del Atlántico, en las trece colonias que Gran Bretaña tenía en Norteamérica. En teoría, las trece colonias eran una copia de la sociedad europea, pero la copia se parecía poco al original por varios motivos: en primer lugar, porque la tierra era muy abundante, mientras en Europa escaseaba; en segundo lugar, porque en América no había señoríos ni derechos y privilegios adquiridos a lo largo de la historia (los únicos hombres con posibles derechos adquiridos no eran cristianos y se les aplicó el principio general de que los no cristianos carecían de derechos); en tercer lugar, porque el territorio era tan amplio que el Estado no podía llegar a todas partes, porque no tenía medios para hacerlo. El Estado no podía proteger la seguridad de todos los ciudadanos. El Estado no podía ofrecer servicios de justicia a todos los ciudadanos, sino que se impuso la ley del más fuerte hasta la segunda mitad del XIX. En estas condiciones, portar armas parecía un derecho indiscutible. Y como la posesión de armas genera necesariamente violencia, en los Estados Unidos se decidió que ese derecho quedaba reservado a los ciudadanos protestantes, a los cuales se consideraba hombres morales y responsables.

Las ideas de libertad, igualdad y propiedad, leídas en América en los textos de Locke 1690, eran de un significado completamente distinto a lo que se entendía en Europa leyendo los mismos libros.

En 1776 las Trece Colonias se declararon independientes. Dijeron que eran ciudadanos dotados de derechos, y esos derechos inalienables eran la vida, la libertad, y la búsqueda de la felicidad. Pero en 1787 olvidaron hacer una buena Declaración de Derechos. Esta necesaria declaración se fue añadiendo a la Constitución en forma de enmiendas, las cuales empezaron con las 10 enmiendas de 3 de noviembre de 1791. Empezaron a hablar de limitaciones al poder constituido, a las fuerzas armadas, y al poder judicial. En la enmienda novena, decían que el pueblo tenía “otros derechos” pero no especificaron de momento cuáles eran. Las Trece Colonias inventaron un derecho nuevo, el derecho de los pueblos a constituirse como Estados independientes. Este derecho era una falacia desde el momento en que negaban a los pueblos indios el mismo derecho que reclamaban para sí. Y siguió siendo una mentira política cuando la fuerza de las armas decidió qué pueblos tenían ese derecho, como ocurrió con la independencia de Texas. El error se repitió en 1950 en África a la hora de reclamar independencias. El error consiste en declarar como derecho humano un enunciado que sólo el poder de las armas dice a quién pertenece, que territorios comprende y que pueblos quedan englobados en el nuevo Estado.

La primera Declaración de Derechos del hombre, con sentido universal, de todos los hombres, se produjo en Francia en 1789. La hizo su Asamblea Nacional, o Parlamento. Tomó fuerza legal en 1791 al incorporarse a la Constitución. Desde entonces, casi todas las Constituciones llevan incorporada una Declaración de Derechos. Esta primera generación de derechos, creyó que los principios fundamentales sobre los que se originan todos los derechos eran la libertad, la igualdad, la fraternidad, y la propiedad.

Los europeos de fines del XVIII creyeron que habían encontrado en la tabla de derechos y deberes del hombre, una tabla universal y perpetua. La idea falla por su base, porque la realidad es cambiante en el tiempo y distinta en cada civilización, con lo que las relaciones sociedad-individuo son siempre distintas. No se pueden fijar unas tablas de derechos para siempre. Toda legislación se produce tarde, a raíz de descubrirse su necesidad por aparición de realidades nuevas, y se queda obsoleta muy pronto a medida que la realidad evoluciona mientras la ley permanece inmutable. Cada época vive su propia realidad con sus derechos y sus obligaciones para los ciudadanos. Es laudable que los hombres del siglo XVIII trataran de encontrar una tabla de derechos, pero fue una equivocación divinizar esas tablas de derechos.

Cuanto más generales sean los principios de las declaraciones de derechos y deberes, más perdurarán en el tiempo, pero menos utilidad tendrán, pues no serán aplicables al individuo concreto en situaciones concretas. Estos principios generales son laudables y deseables, pero no bastan por sí solos. Hace falta concretarlos en leyes, y éstas en reglamentos, que se ocupen del detalle del día a día de cada ciudadano concreto.

Los hombres del XVIII olvidaron la tabla de deberes, cuya expresión es importante tanto para decirle al individuo su papel en la sociedad, como para poner límites al empresario y al Estado sobre lo exigible al individuo. Se conformaron con decir que los hombres debían ser “justos y benéficos”, algo demasiado general. En todas las siguientes Constituciones del mundo, el tema de los deberes quedó muy difuminado. Pero mal se entienden los derechos si no se concretan los deberes.

En el siglo XIX surgió una segunda generación de derechos, y reclamó los derechos políticos y derechos sociales y la igualdad de derechos de ambos sexos, feminismo, lo cual dio un sentido mucho más amplio a las declaraciones de derechos.

La revolución rusa de 1918 fue un retroceso cultural evidente: si las Constituciones del siglo XIX habían dado derechos a los burgueses, la nueva constitución pretendía dar derechos en exclusiva al trabajador, al que consideraban explotado. Su idea era convertir a todos los ciudadanos en trabajadores. Los soviéticos se dieron cuenta de su error, y rectificaron en 1936 y 1977, para hacer sujeto de derechos al ciudadano en general.

 

 

 

[1] Este trabajo se basa en Artola Gallego, Miguel. Los Derechos del Hombre. Alianza Editorial, 1966.

[2] Tema polémico cuando ha surgido la delincuencia internacional, pues los delincuentes prefieren actuar en los países ricos, con gran beneficio en sus golpes, y refugiarse en los países pobres, con menos organización policial. Y cuando las mafias prefieren vivir en países ricos, con gran nivel general de vida y muy protegidos por la ley, aprovechando las condiciones de lenidad de un determinado país.

[3] En una comedia de los años sesenta, los preocupados por los pobres organizaron una gran colecta, la cual requirió tantos gastos como lo recaudado, por lo que decidieron gastarse el pequeño superávit en una comilona “en honor de los huérfanos y pobres” de la ciudad.

Post by Emilio Encinas

Emilio Encinas se licenció en Geografía e Historia por la Universidad de Salamanca en 1972. Impartió clases en el IT Santo Domingo de El Ejido de Dalías el curso 1972-1973. Obtuvo la categoría de Profesor Agregado de Enseñanza Media en 1976. fue destinado al Instituto Marqués de Santillana de Torrelavega en 1976-1979, y pasó al Instituto Santa Clara de Santander 1979-1992. Accedió a la condición de Catedrático de Geografía e Historia en 1992 y ejerció como tal en el Instituto Santa Clara hasta 2009. Fue Jefe de Departamento del Seminario de Geografía, Historia y Arte en 1998-2009.

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